La Justicia anuló una cesión de derechos por simulación: un intento encubierto de donación para afectar la legítima hereditaria

La Cámara Civil y Comercial de Azul (Sala II) en los autos caratulados «V. R. C/ V. R. G. S/ NULIDAD ESCRITURA PUBLICA » JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 – TANDIL” confirmó recientemente la nulidad de una escritura pública por la que una mujer había cedido a su nieto derechos hereditarios y gananciales sobre bienes compartidos con su difunto esposo. Según los jueces, la operación ocultaba una donación disfrazada de venta, con el objetivo de perjudicar los derechos sucesorios de su hijo.

El caso fue impulsado por el propio hijo de la cedente, quien promovió la acción judicial argumentando que la cesión era en realidad una simulación, utilizada para ocultar una liberalidad encubierta y reducir así su porción de legítima como heredero forzoso.

La Cámara consideró válidos los argumentos y analizó diversos indicios clave que revelaban la verdadera naturaleza del acto:

  • Precio vil: El monto pactado fue de apenas $500.000, una cifra muy inferior al valor real de los bienes involucrados.
  • Ausencia de pago real: No se acreditó el desembolso del dinero. La supuesta entrega en efectivo carecía de pruebas documentales.
  • Falta de tradición: Los bienes continuaron siendo administrados y rentados por la cedente, sin que el nieto ejerciera derechos reales sobre ellos.
  • Debilitamiento físico y psíquico de la cedente: En el momento de la operación, la abuela atravesaba un estado de salud comprometido que ponía en duda su capacidad de discernimiento.
  • Incapacidad económica del nieto: El beneficiario carecía de medios suficientes para afrontar la supuesta compra, según lo acreditado por informes de la AFIP y una pericia contable.

Frente a este cúmulo de elementos, el tribunal concluyó que el negocio fue simulado y que la escritura tenía como única finalidad evitar el cumplimiento de las normas sobre legítima hereditaria. En consecuencia, se declaró su nulidad y se impusieron las costas del juicio al demandado.

Este fallo resalta la importancia de la figura de la simulación en el derecho civil, especialmente cuando está en juego el derecho de los herederos forzosos. La legítima es una porción de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a determinados familiares (hijos, padres, cónyuge), y no puede ser vulnerada ni siquiera mediante actos aparentemente legales.

En tiempos donde las transmisiones patrimoniales pueden también realizarse por medios digitales o criptoactivos, los operadores jurídicos deberán prestar cada vez más atención no solo al contenido de los actos, sino también a la forma en que se materializan, se documentan y se prueban, tanto en papel como en entornos digitales.

Si Ud. fue afectado por una cesión de acciones y derechos hereditarios que perjudica sus derechos, no dude en consultarnos a nuestros teléfonos de contacto.

Dr. Dibernardi

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