Despido directo con causa del trabajador
La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, consideró ajustado a derecho el despido directo dispuesto a un trabajador que había ingresado al sistema informático de la empresa, sin el consentimiento de esta última.-
El trabajador habría ingresado al sistema con una Notebook a él asignada, pero con una clave distinta a su usuario de red, accediendo a información y archivos confidenciales de la empresa.-
En el marco de la causa caratulado “G., F. J. c/Industrias Juan F. Secco S.A. s/Despido”, Sala V consideró a partir de la prueba obrante en la causa, quedó debidamente demostrado que el trabajador “accedió sin autorización alguna ni causa que lo justifique a información confidencial fuera de su incumbencia funcional… incurriendo en gravísimos y reiterados incumplimientos de elementales normas laborales a su cargo… viola lo normado en los arts. 62, 63 y 84 LCT como así también viola especialmente lo establecido en el Código de Conducta de esta Compañía por Ud. conocido, consentido y firmado en fecha 10/10/2006, dado lo cual constituye una gravísima injuria a los intereses de la empresa y su proceder implica una absoluta y total pérdida de confianza”.
En este orden de ideas, los camaristas coincidieron con lo resuelto en primera instancia ya que, el accionar del actor implicó una “transgresión de las normas internas de seguridad de la empresa”.
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